Auto Supremo AS/0567/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0567/2013

Fecha: 09-Dic-2013

CONSIDERANDO I: Que, la ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA, pretende se deje sin efecto la providencia


VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de reposición de fojas 138-139 interpuesto por la ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA representada por Carla Ramos Pardo, contra el decreto de 19 de junio de 2013 cursante a fojas 135, los antecedentes procesales, el Informe del Magistrado Jorge I. von Borries Méndez, y
CONSIDERANDO I: Que, la ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA, pretende se deje sin efecto la providencia que da por renunciado el derecho réplica de la parte demandante. Al respecto el recurrente manifiesta, que:
Que el memorial de réplica fue presentado en 17 de junio de 2013 en consideración al plazo de la distancia establecido en el artículo 146 del Código de Procedimiento Civil y que el artículo 146 del Código de Procedimiento Civil establece la obligatoriedad de prever el plazo de la distancia en las diligencias y actuados que se llevaren adelante dentro del proceso Contencioso Administrativo. Asimismo solicita sea considerado lo establecido en S.C. Nº 0372/2003-R de 26 de marzo de 2003 a efectos de aplicarse el plazo de la distancia.
Por las razones y fundamentos expuestos, solicita la reposición de la providencia de 19 de junio de 2013 y en consecuencia se acepte la réplica a la demanda presentada en consideración al plazo de la distancia