CONSIDERANDO III: En la especie se tiene que por providencia de 30 de enero de
CONSIDERANDO III: En la especie se tiene que por providencia de 30 de enero de 2012 de fs. 105 este Tribunal Supremo determina que no habiendo dado cumplimiento al artículo 101 del Código de Procedimiento Civil, las notificaciones sean practicadas en Secretaría de Sala Plena, disposición que fue debidamente notificada a la administración aduanera en 15 de febrero a fs. 106 no fue objetado por el ahora recurrente, resultando contradictorio que por memorial de fs. 133 de 17 de junio esta entidad haya señalado domicilio procesal en Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y contradictoriamente por memorial de 5 de julio de fs. 138-139 quiera hacer prevalecer el plazo de la distancia establecido en el art. 146 del Código de Procedimiento Civil para la réplica. Por lo que la pretensión de aplicación del artículo 146 del Código de Procedimiento Civil para el plazo de distancia, no es aplicable a todos los memoriales y actuados del proceso mucho menos después de haberse dispuesto que las notificaciones sean practicadas en Secretaría de Sala Plena y no haber observado dicha disposición, por lo que su derecho hacerlo a precluído, deviniendo en consecuencia la pretendida reposición ser rechazada por no encontrarse vulneración a las normas procesales que son de orden público mucho menos a los principios de seguridad jurídica y debido proceso
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- FECHA: Sucre, nueve de diciembre de dos mil trece
- CONSIDERANDO I: Que, la ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA, pretende se deje sin efecto la providencia
- CONSIDERANDO II: Que, corrida en traslado la petición en análisis por decreto de fojas 142
- CONSIDERANDO III: En la especie se tiene que por providencia de 30 de enero de
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia
- No interviene el Presidente Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano y el Magistrado Pastor Segundo Mamani por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Secretario de Sala Plena
