Auto Supremo AS/0656/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0656/2013

Fecha: 19-Dic-2013

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La apoderada de los recurrentes, identifica cuatro puntos que fueron apelados contra la Sentencia de primera instancia, los cuales a su criterio no merecieron pronunciamiento de parte del Tribunal de Apelación, siendo los siguientes:
1.- Afirma que denunció respecto a la competencia del Juez A quo indicando que no hubo incorrecta aplicación de los arts. 7 y 254 num. 1) del Código de Procedimiento Civil como erradamente se concluyó en el Auto Supremo que anuló el proceso y que el Juez de primera instancia debió observar en función del art. 3 num. 1) del Código de Procedimiento Civil.
2.- Indica que destacó que la contestación a la demanda resulta adecuada en cuanto al cumplimiento de las exigencias previstas en el art. 346 del Código de Procedimiento Civil, enfatizando que es potestad de quien responde a la demanda negar simplemente la misma o en su caso reconvenir invocando las propias pretensiones o deducir las excepciones previstas en el art. 336 del Código de Procedimiento Civil