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    Auto Supremo AS/0709/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0709/2013

    Fecha: 05-Dic-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Que, ante esta Sentencia Edson Campero Alba de fs
    • Del Recurso de Casación de Edson Campero Alba
    • La violación al principio de inmediatez, oralidad y contradicción en el entendido de que la
    • El Tribunal de juicio de manera por demás apresurada valoró defectuosamente la prueba (informes policiales)
    • Hace referencia a la normativa legal en la que se sustentó el Tribunal de Alzada
    • Del Precedente Contradictorio Invocado: De conformidad a lo establecido por el art
    • De la solicitud: Solicitó que este Tribunal de Casación Anule la sentencia y el Auto
    • Del Recurso de Casación de David Guillermo Hurtado Suarez
    • Señala que si bien es evidente que para la procedencia del Recurso de Casación se
    • Señala que el Auto de Vista recurrido realizó afirmaciones no correctas como el hecho de
    • De la solicitud: Solicitó que ante las contradicciones señaladas, se admita su Recurso de Casación
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el art
    • La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
    • De la forma
    • En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
    • El incumplimiento a los presupuestos señalados
    • Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
    • Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
    • Finalmente respecto de la revisión de oficio respecto de la posible existencia de defectos absolutos,
    • Por lo señalado supra, los Recursos de Casación planteados resultan inadmisibles, toda vez que los
    • POR TANTO
    • Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura

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