CONSIDERANDO III: Que, a través del recurso de casación cursante de fs
CONSIDERANDO III: Que, a través del recurso de casación cursante de fs. 303 a 308 los querellantes Gumercinda Quinteros de Sahonero y Jhonny Quinteros Torrico impugnan la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 114 de 5 de junio de 2009 cursante de fs. 299 a 300 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz alegando que el tribunal de alzada incurrió en defectos o vicios in procedendu e in iudicando dado que habría omitido valorar las pruebas producidas en juicio y resolver los cuestionamientos planteados en el recurso de apelación, omitiendo además efectuar una revisión de oficio de los defectos del proceso
- CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia de Montero del Distrito Judicial de Santa Cruz
- Que, la sentencia de grado pronunciada por el tribunal de la causa fue objeto de
- CONSIDERANDO II: Que, previos los trámites del recurso de apelación, el tribunal de alzada constituido
- CONSIDERANDO III: Que, a través del recurso de casación cursante de fs
- Acusa la falta de pronunciamiento de los aspectos postulados sobre la falta de aplicación de
- CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país establece
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del recurso de
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Póngase a conocimiento de las Salas Penales de todos los Tribunales Departamentales de Justicia del
- Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante Ramírez
