De la solicitud: Solicita se declare la admisibilidad de su recurso y existiendo evidente vulneración
De la solicitud: Solicita se declare la admisibilidad de su recurso y existiendo evidente vulneración al debido proceso y juicio justo, se deje sin efecto el fallo impugnado que motiva su recurso, determinando que la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Cochabamba pronuncie nueva resolución conforme al art. 413 de la Ley N° 1970, ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia Marisabel Romero Siles y Cristhian Mauricio Imaña Romero, de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación respecto de sus fundamentos se establece como motivos
- De la solicitud: Solicita se declare la admisibilidad de su recurso y existiendo evidente vulneración
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: Por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- Por lo señalado supra, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
