CONSIDERANDO: Que, el demandado hoy recurrente desiste simple y llanamente del recurso de casación que
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 44
Sucre: 26 de febrero de 2013
Expediente: SC-88-09-S
Proceso: Divorcio
Partes: Jacqueline Patricia Peña Tapia c/ Fernando Benítez León
Distrito: Santa Cruz
__________________________________________________________________________
VISTOS: el memorial de fojas 353, mediante el cual, Fernando Benítez León, desiste del recurso de casación dentro del proceso ordinario de divorcio seguido por Jacqueline Patricia Peña Tapia contra el solicitante, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO: Que, el demandado hoy recurrente desiste simple y llanamente del recurso de casación que interpuso de fojas 326 a 331 y vuelta, contra el Auto de Vista Nº 246 de 17 de junio de 2009, pronunciada por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, hoy Tribunal Departamental de Justicia
Auto Supremo: Nº 44
Sucre: 26 de febrero de 2013
Expediente: SC-88-09-S
Proceso: Divorcio
Partes: Jacqueline Patricia Peña Tapia c/ Fernando Benítez León
Distrito: Santa Cruz
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VISTOS: el memorial de fojas 353, mediante el cual, Fernando Benítez León, desiste del recurso de casación dentro del proceso ordinario de divorcio seguido por Jacqueline Patricia Peña Tapia contra el solicitante, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO: Que, el demandado hoy recurrente desiste simple y llanamente del recurso de casación que interpuso de fojas 326 a 331 y vuelta, contra el Auto de Vista Nº 246 de 17 de junio de 2009, pronunciada por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, hoy Tribunal Departamental de Justicia
- CONSIDERANDO: Que, el demandado hoy recurrente desiste simple y llanamente del recurso de casación que
- Que, en el capítulo I del título VI del libro primero del Código de Procedimiento
- Que, conforme lo establece el mencionado artículo, una vez presentado el desistimiento del recurso de
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 44/2013
