POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 307 del Código Adjetivo Civil, ACEPTA el desistimiento del recurso de casación formulado por Fernando Benítez, declarando en consecuencia la ejecutoria del Auto de Vista Nº 246 de 17 de junio de 2009, cursante de fojas 321 a 324, ordenando la devolución de los antecedentes al juzgado de origen; con costas
- CONSIDERANDO: Que, el demandado hoy recurrente desiste simple y llanamente del recurso de casación que
- Que, en el capítulo I del título VI del libro primero del Código de Procedimiento
- Que, conforme lo establece el mencionado artículo, una vez presentado el desistimiento del recurso de
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 44/2013
