REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en la disposición transitoria octava y el numeral 1) del parágrafo I del artículo 42, de la Ley del Órgano Judicial, así como del artículo 8 de la Ley Nº 212 de 23 de diciembre de 2011, ordena la remisión del expediente, indebidamente registrado con el N° S.763/08, al Tribunal Departamental de Justicia del Distrito Judicial de La Paz, para su acumulación en ejecución de Sentencia al expediente N° S.564/2008.
MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
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- CONSIDERANDO: Que, mediante memorial de 4 de diciembre de 2008, el representante de AASANA Regional
- Que, el Presidente de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- Que, mediante oficio cursante a fojas 50, se remitió obrados en grado de casación ante
- CONSIDERANDO: Que, el cuaderno de apelación, remitido por la Corte Superior del Distrito Judicial de
- Cabe aclarar que por disposición del artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal
- Que, efectuado que fue el sorteo de la misma, en virtud de las disposiciones legales
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- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
