Auto Supremo AS/0087/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0087/2013-RA

Fecha: 03-Abr-2013

II

II.2. En segundo lugar, el recurrente expone como fundamentos de su recurso de casación, que el Tribunal de alzada legalizó los defectos cometidos por el Tribunal de Sentencia, vulnerando sus derechos constitucionales al debido proceso y a la seguridad jurídica, ya que no fue notificado con el Certificado Médico Forense; es decir, se incumplió el art. 209 último párrafo del CPP y se incurrió en el defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) de la misma norma procesal, por cuanto la prueba fue obtenida ilícitamente en violación a los arts. 13 del CPP y 59 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP)