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    Auto Supremo AS/0109/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0109/2013-RRC

    Fecha: 22-Abr-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 27 de diciembre de 2012, cursante de fs
    • En mérito al requerimiento conclusivo para la aplicación de procedimiento abreviado de fs
    • Contra la citada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs
    • Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
    • Denuncia el recurrente que el Auto de Vista impugnado vulneró el derecho al debido proceso
    • Enunciando el art
    • Alega, que por ser un caso relevante y complejo debió haberse tomado en cuenta su
    • El recurrente enfatizó que si bien no existe un hecho similar que sirva de precedente,
    • Por lo expuesto, el recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
    • Mediante Auto Supremo 070/2013-RA de 18 de marzo, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • II.2. De la solicitud de aplicación de procedimiento abreviado y requerimiento conclusivo
    • Juez Segundo de Instrucción Mixto en lo Penal de la localidad de Puerto Suárez, la
    • Con este antecedente, el representante del Ministerio Público, solicitó la condena del imputado a la
    • II.3. Del señalamiento y notificación para la audiencia de procedimiento abreviado
    • Como consecuencia de lo señalado, el recurrente en su condición de representante de la ANH,
    • La audiencia fijada para el 11 de mayo de 2012 (fs
    • II.4. De la audiencia de procedimiento abreviado y Sentencia
    • Instalada y desarrollada la audiencia de procedimiento abreviado (fs
    • Así, se dictó la Sentencia de 16 de mayo de 2012 (fs
    • En consecuencia, realizada la valoración de la prueba presentada, consistente en testificales, documentales, y efectuada
    • Además, ante la solicitud del Ministerio Público, la Sentencia aceptó la continuación de las investigaciones
    • II.5. De la apelación restringida y del Auto de Vista
    • Notificadas las partes con la Sentencia, el recurrente en representación de la ANH, interpuso recurso
    • Radicada la causa ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
    • Notificado con tal determinación la Agencia Nacional de Hidrocarburos, planteó el recurso de casación (fs
    • III.1. Sobre el debido proceso vinculado al procedimiento abreviado
    • En el ordenamiento jurídico nacional, el debido proceso se encuentra reconocido en la Constitución Política
    • Precisamente una de la formas de finalizar un conflicto penal es conocida como el procedimiento
    • En Bolivia, el procedimiento abreviado fue incorporado al sistema procesal penal con el vigente Código
    • En estas condiciones, el procedimiento abreviado coadyuva en el descongestionamiento y oxigenación del sistema penal;
    • En estas circunstancias, el debido proceso se encuentra en cada uno de los actos procesales
    • De manera particular, la víctima o el querellante, conforme el tercer párrafo del art
    • Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, corresponde a
    • Así, del contenido del recurso de casación, se llega a evidenciar que el motivo alegado
    • Ahora bien, para el análisis y resolución del presente recurso, será preciso partir de las
    • El Tribunal de alzada, considerando los motivos alegados por el recurrente en la apelación restringida,
    • Estos datos demuestran de que la denuncia del recurrente en sentido de haberse privado el
    • En cuanto a la denuncia de que la salida alternativa fue solicitada en menos de
    • Además, no puede soslayarse que la oposición al procedimiento abreviado formulada por el representante de
    • Del análisis efectuado, este Tribunal concluye que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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