En el ordenamiento jurídico nacional, el debido proceso se encuentra reconocido en la Constitución Política
En el ordenamiento jurídico nacional, el debido proceso se encuentra reconocido en la Constitución Política del Estado en una triple dimensión tanto como derecho, garantía y principio. El debido proceso como derecho se encuentra establecido en el art. 115.II de la CPE, señalando que: "El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones"; por otro lado como garantía, dispone el art. 117.I de la referida Ley fundamental,en sentido que "Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad judicial competente en sentencia ejecutoriada"; finalmente conocida como un principio procesal en el art. 180.I de la CPE, estableciendo que: "La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez"
- Por memorial presentado el 27 de diciembre de 2012, cursante de fs
- En mérito al requerimiento conclusivo para la aplicación de procedimiento abreviado de fs
- Contra la citada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
- Denuncia el recurrente que el Auto de Vista impugnado vulneró el derecho al debido proceso
- Enunciando el art
- Alega, que por ser un caso relevante y complejo debió haberse tomado en cuenta su
- El recurrente enfatizó que si bien no existe un hecho similar que sirva de precedente,
- Por lo expuesto, el recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
- Mediante Auto Supremo 070/2013-RA de 18 de marzo, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- II.2. De la solicitud de aplicación de procedimiento abreviado y requerimiento conclusivo
- Juez Segundo de Instrucción Mixto en lo Penal de la localidad de Puerto Suárez, la
- Con este antecedente, el representante del Ministerio Público, solicitó la condena del imputado a la
- II.3. Del señalamiento y notificación para la audiencia de procedimiento abreviado
- Como consecuencia de lo señalado, el recurrente en su condición de representante de la ANH,
- La audiencia fijada para el 11 de mayo de 2012 (fs
- II.4. De la audiencia de procedimiento abreviado y Sentencia
- Instalada y desarrollada la audiencia de procedimiento abreviado (fs
- Así, se dictó la Sentencia de 16 de mayo de 2012 (fs
- En consecuencia, realizada la valoración de la prueba presentada, consistente en testificales, documentales, y efectuada
- Además, ante la solicitud del Ministerio Público, la Sentencia aceptó la continuación de las investigaciones
- II.5. De la apelación restringida y del Auto de Vista
- Notificadas las partes con la Sentencia, el recurrente en representación de la ANH, interpuso recurso
- Radicada la causa ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Notificado con tal determinación la Agencia Nacional de Hidrocarburos, planteó el recurso de casación (fs
- III.1. Sobre el debido proceso vinculado al procedimiento abreviado
- En el ordenamiento jurídico nacional, el debido proceso se encuentra reconocido en la Constitución Política
- Precisamente una de la formas de finalizar un conflicto penal es conocida como el procedimiento
- En Bolivia, el procedimiento abreviado fue incorporado al sistema procesal penal con el vigente Código
- En estas condiciones, el procedimiento abreviado coadyuva en el descongestionamiento y oxigenación del sistema penal;
- En estas circunstancias, el debido proceso se encuentra en cada uno de los actos procesales
- De manera particular, la víctima o el querellante, conforme el tercer párrafo del art
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, corresponde a
- Así, del contenido del recurso de casación, se llega a evidenciar que el motivo alegado
- Ahora bien, para el análisis y resolución del presente recurso, será preciso partir de las
- El Tribunal de alzada, considerando los motivos alegados por el recurrente en la apelación restringida,
- Estos datos demuestran de que la denuncia del recurrente en sentido de haberse privado el
- En cuanto a la denuncia de que la salida alternativa fue solicitada en menos de
- Además, no puede soslayarse que la oposición al procedimiento abreviado formulada por el representante de
- Del análisis efectuado, este Tribunal concluye que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
