Por memorial presentado el 1 de abril de 2013, de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 115/2013-RA
Sucre, 24 de abril de 2013
Expediente : Beni 5/2013
Parte acusadora : Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Adolescencia
y otros
Parte imputada : Sergio Peñaranda Ramírez
Delito : Violación de Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de abril de 2013, de fs. 231 a 232, Sergio Peñaranda Ramírez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 011/2013 de 6 de marzo, cursante de fs. 215 a 219 vta., pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, el Servicio Integral a la Víctima de Violencia y Silvia Murakami Monje contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 115/2013-RA
Sucre, 24 de abril de 2013
Expediente : Beni 5/2013
Parte acusadora : Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Adolescencia
y otros
Parte imputada : Sergio Peñaranda Ramírez
Delito : Violación de Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de abril de 2013, de fs. 231 a 232, Sergio Peñaranda Ramírez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 011/2013 de 6 de marzo, cursante de fs. 215 a 219 vta., pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, el Servicio Integral a la Víctima de Violencia y Silvia Murakami Monje contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 1 de abril de 2013, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 26 de marzo de 2013,
- Del memorial que cursa de fs. 231 a 232, se extraen los siguientes motivos
- Finalmente, denuncia que no se valoró el desfile probatorio, ya que en el juicio oral,
- Consiguientemente solicita conceder el recurso de casación y se deje sin efecto el Auto de
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En relación al requisito relativo al plazo para la presentación del recurso de casación, se
- Sin embargo, en cuanto al cumplimiento del requisito de admisibilidad de fondo, se evidencia que
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
