CONSIDERANDO: Que, mediante memorial de fecha 17 de abril del 2013 de fs
CONSIDERANDO: Que, mediante memorial de fecha 17 de abril del 2013 de fs. 257 a 257 vlta., el procesado desiste del Recurso de Casación interpuesto en función de la norma procesal contenida en el art. 396 num. 2) del Código de Procedimiento Penal, solicitando al mismo tiempo a este Tribunal la devolución de obrados al Juzgado de origen
- Delitos: Estafa y Estelionato, tipificados por los arts. 335 y 337 del Código Penal
- CONSIDERANDO: Que, el procesado Erick Cruz Marín Chávez, interpuso el Recurso de Casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, mediante memorial de fecha 17 de abril del 2013 de fs
- Que, conforme al informe emitido por la Secretaría de esta Sala en fecha 19 de
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la potestad emanada
- Libro Tomas de Razón 1/2013
