Auto Supremo AS/0128/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2013

Fecha: 02-Abr-2013

Los fundamentos del Auto de Vista citado en el anterior acápite, es que mediante Resolución


Los fundamentos del Auto de Vista citado en el anterior acápite, es que mediante Resolución No. 7546 cursante a fojas 27, se le otorgo al beneficiario Pago Excepcional, Régimen Complementario, con reducción de edad equivalente a 22.67 mensualidades de la renta, en el monto de Bs. 2.720,40, posteriormente la institución administrativa resuelve suspender la Renta Única de Vejez, al haber revisado detalladamente los aportes del beneficiario correspondientes al Régimen Básico del periodo julio/66 a julio/86, en los archivos de COMIBOL y las boletas de fojas 1 a 7 y fojas 9, presentan irregularidades, sin embargo, no puede desconocerse, ni dejar de valorar estos documentos por parte del SENASIR, además por disposición constitucional los derechos sociales de los trabajadores son irrenunciables, se tiene el Decreto Supremo No. 27543 de 30 de mayo de 2004, en su artículo 14 dispone: “En caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos de SENASIR, del periodo comprendido entre enero de 1957 y abril de 1997, el SENASIR certificara los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado, a la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, bajo presunción juris tantum”