Por las razones expuestas la impugnación en casación es inviable, en virtud a ello la
Por las razones expuestas la impugnación en casación es inviable, en virtud a ello la denegación dispuesta por el Tribunal compulsado resulta conforme a derecho, toda vez que la Resolución que se impugna es irrecurrible en casación por encontrarse prevista por el art. 262 num.2) del Código adjetivo
- VISTOS: El recurso de compulsa cursante de fs
- En conocimiento del mencionado recurso la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Conforme con la previsión del art
- En este marco normativo, la competencia del Tribunal Supremo al momento de resolver la compulsa
- Por lo expuesto, está claro que el Tribunal compulsado ha obrado correctamente y aplicado adecuadamente
- Por las razones expuestas la impugnación en casación es inviable, en virtud a ello la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.-
