Por su parte,Roly Richard Soliz Aroja, planteó su Recurso de Casación de fs
Que el Auto de Vista recurrido no cuenta con la debida fundamentación, siendo la misma insuficiente; que el Tribunal de Alzada no reviso de oficio los vicios de nulidad en los que incurrió el Tribunal Ad quo.
Por su parte,Roly Richard Soliz Aroja, planteó su Recurso de Casación de fs. 371 a 373, contra el referido Auto de Vista No. 26/2008 de 22 de diciembre cursante a fs. 387 a 389, alegando:
Que, el Auto de Vista recurrido no cuenta con la debida fundamentación, siendo la misma insuficiente; se incurrió en errónea valoración y apreciación de la prueba, no se tomó en cuenta que el no cometió el delito de Asesinato sino Ángel Juaniquina Lucana
- Distrito:Oruro
- Expediente:5/2009
- Lucana y Leodegario Juaniquina Mamani
- Delito:Violación y Asesinato
- Recurso:Casación
- CONSIDERANDO I: (De los actos procesales)
- Que, sustanciado el proceso por el Tribunal Primero de Sentencia de la Capital del Distrito
- I
- Que, mediante memorial presentado el 23 de septiembre de 2008 de fs
- CONSIDERANDO II: (De los motivos y argumentos del Recurso de Casación)
- En ese contexto,Ángel Juaniquina Lucana,planteósu Recurso de Casación de fs
- Por su parte,Roly Richard Soliz Aroja, planteó su Recurso de Casación de fs
- FinalmenteVíctor Ramos Lozano, planteó su Recurso de Casación de fs
- Que se incurrió en errónea aplicación de la Ley sustantiva, ya que se lo considero
- CONSIDERANDO III:(Del Derecho Universal a Impugnar o Recurrir)
- Es así, que en esa labor de aplicación de la norma, la ex Corte Suprema
- Derecho a recurrir o impugnar, que se encuentra tutelado en la Constitución Política del Estado
- CONSIDERANDOIV: (De los requisitos esenciales que viabilizan el Recurso de Casación)
- En ese entendimiento, el Código de Procedimiento Penal, Ley Nº 1970 de 25 de marzo
- El plazo para interponer el Recurso de Casación, es de 5 días siguientes a la
- Es de entender, que el cumplimiento de estos dos requisitos -de admisibilidad- es de carácter
- V
- Introduciéndonos al análisis de los requisitos de admisibilidad se establece que; los recurrentes Ángel Juaniquina
- POR TANTO
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