Por memorial presentado el 13 de junio de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 180/2013-RA
Sucre, 27 de junio de 2013
Expediente : Oruro 9/2013
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Samuel Cabezas Huallpa
Delito : Fabricación de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de junio de 2013, cursante de fs. 65 a 67 vta., el Ministerio Público a través del Fiscal de Materia César Herbert Terán Ramallo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12/2013 de 22 de abril, de fs. 58 a 63, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Samuel Cabezas Huallpa, por el delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en la primera parte del art. 47 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 180/2013-RA
Sucre, 27 de junio de 2013
Expediente : Oruro 9/2013
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Samuel Cabezas Huallpa
Delito : Fabricación de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de junio de 2013, cursante de fs. 65 a 67 vta., el Ministerio Público a través del Fiscal de Materia César Herbert Terán Ramallo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12/2013 de 22 de abril, de fs. 58 a 63, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Samuel Cabezas Huallpa, por el delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en la primera parte del art. 47 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 13 de junio de 2013, cursante de fs
- El recurrente inicia su alegato de recurso, reseñando antecedentes de los hechos que motivaron al
- establecido por el Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación tiene como función que
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia
- El precepto legal contenido en el citado art
- Se constata en primer término, que el recurrente cumplió con el plazo de interposición del
- Es así, que al constatarse que el recurso incumple con los requisitos para su admisión,
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
