Por memorial presentado el 14 de junio de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 182/2013-RA
Sucre, 27 de junio de 2013
Expediente : Cochabamba 30/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Eusebio Andrés Álvarez Mollinedo
Delito : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de junio de 2013, cursante de fs. 359 a 373, Eusebio Andrés Álvarez Mollinedo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 8 de marzo de 2013, de fs. 344 a 348, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Julio Muriel Morales contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado, Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 203, 335 y 337, todos del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 182/2013-RA
Sucre, 27 de junio de 2013
Expediente : Cochabamba 30/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Eusebio Andrés Álvarez Mollinedo
Delito : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de junio de 2013, cursante de fs. 359 a 373, Eusebio Andrés Álvarez Mollinedo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 8 de marzo de 2013, de fs. 344 a 348, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Julio Muriel Morales contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado, Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 203, 335 y 337, todos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 14 de junio de 2013, cursante de fs
- Del memorial que cursa de fs
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito de
- Con referencia al cumplimiento de los demás requisitos exigidos por los arts
- No obstante lo señalado, esta Sala observa que los precedentes fueron citados de manera genérica,
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
