Auto Supremo AS/0252/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2013

Fecha: 08-Jul-2013

Asimismo, respecto de las Sentencias Constitucionales invocadas en la apelación Restringida como supuestos precedentes contradictorios,

Asimismo, respecto de las Sentencias Constitucionales invocadas en la apelación Restringida como supuestos precedentes contradictorios, corresponde señalar que por mandato legal, tendrán carácter de precedentes contradictorios sólo los Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia (hoy Tribunales Departamentales de Justicia) o los Autos Supremos emitidos por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (hoy Tribunal Supremo de Justicia), dentro de esta categorización no se encuentran las Sentencias Constitucionales, pues, no son consideradas como precedentes contradictorios dentro de un Recurso de Casación; por lo que, no corresponde realizar mayor análisis a este punto, pues en ese sentido la Corte Suprema de Justicia ya se pronunció mediante sus Fallos Nº 59/2004 de 5 de febrero de 2004, 141/2004 de 10 de marzo de 2004 y 339/2004 de 7 de junio de 2004 entre otros