POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de nulidad o casación de fs. 85 a 86. Con costas
- Auto Supremo Nº 311/2014
- Sucre, 30 de octubre de 2014
- Expediente: SSA.II-CBBA.311/2014
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación ingresando a su análisis en relación
- Por los fundamentos expuestos, se colige que no es evidente lo denunciado por la empresa
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
