Auto Supremo AS/0366/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0366/2014

Fecha: 08-Oct-2014

Bajo ese contexto, en la especie se advierte que el recurrente señala por una parte,

Bajo ese contexto, en la especie se advierte que el recurrente señala por una parte, que el Auto de Vista observó el fundamento de la apelación de forma superficial, sin ingresar a fondo en los antecedentes los cuales habría hecho conocer en cuanto a la forma ilegal que actuó la Contraloría; sin establecer en concreto y con precisión cual el agravio específico al respecto, limitándose a referir haberlo hecho conocer en su momento; así como cual la normativa vulnerada por el Tribunal de Alzada en cuanto a ello; debiendo recordar tal cual se dijo, que siendo que el recurso de casación fue interpuesto en el fondo, tiene por objetivo modificar el contenido del Auto de Vista, en base a la concurrencia de errores in judicando en los que habría incursionado el Tribunal ad quem a tiempo de emitir el Auto de Vista ahora recurrido, incumpliendo de tal forma lo prescrito por el art. 258.2) del CPC, ya referido, por el cual se dispone la obligatoriedad de referir la norma vulnerada en el propio recurso, en relación con lo dispuesto por el art. 274.I del mismo cuerpo legal que prescribe: “…El tribunal o juez casará la sentencia o auto recurrido que infringiere la ley o las leyes acusadas en el recurso, y en este caso fallará en lo principal del litigio aplicando las leyes conculcadas y condenando en responsabilidad de multa al juez o tribunal infractor, a menos que encontrare excusable el error…” (El resaltado nos corresponde)