Auto Supremo AS/0483/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2014

Fecha: 07-Oct-2014

Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes

Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes aspectos:
Señala que el Auto de Vista emitió una resolución contradictoria con la doctrina legal aplicable, al resolver Declarar Procedente el primer motivo del Recurso de Apelación Restringida interpuesto por Armando Medina Sánchez, con anulación de la Sentencia y Reenvío del Juicio; puesto que la última audiencia de celebración de juicio se suspendió en fecha 31 de agosto de 2009, con designación de defensor de oficio al abogado Lic. Efraín Arancibia Mamani, señalándose nueva audiencia para el 3 de septiembre de 2009, con el advertido de que el mismo 31 de agosto de 2009 se notificó al indicado defensor de oficio, el cual tuvo cuatro días para estudiar el caso para asumir defensa; por lo que la solicitud de éste, de suspensión de diez días más para la celebración del juicio, fue correctamente denegada por el Tribunal de Sentencia. El Auto de Vista es contrario a la indicada doctrinal legal aplicable, puesto que el imputado forzó su propia indefensión, al no recurrir de reposición contra la negativa, ni hacer reserva de recurrir; con lo que su derecho precluyó. Señala como precedentes contradictorios: A.S. No. 260 de 24 de abril de 2009; A.S. No. 351 de 28 de agosto de 2006; A.S. No. 131 de 13 de mayo de 2005; A.S. No. 580 de 4 de octubre de 2004