Que el Tribunal de Sentencia si realizó una correcta valoración probatoria ya que existió un
Que el Tribunal de Sentencia si realizó una correcta valoración probatoria ya que existió un defectuoso trabajo investigativo de los funcionarios de la FELCN y del Ministerio Público
- Acusación
- Imputados
- Delito
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia el representante del Ministerio Público de fojas 149 a 156, planteó
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Que el Tribunal de Sentencia si realizó una correcta valoración probatoria ya que existió un
- Que si bien en primer término los jueces ciudadanos pretendieron darle una sanción a Ciriaco
- Relaiza la transcripción de los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- Del Precedente Contradictorio Invocado: Conforme lo previsto por el art
- Petitorio.- Solicitó deferir favorablemente su recurso siendo este un acto de soberana justicia
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados
- Plazo: Verificadas las actas de diligencia de notificación y presentación del recurso se establece, que
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- De la invocación de los precedentes contradictorios
- De la contrastación con el Auto de Vista
- Finalmente de la verificación de antecedentes que hacen al legajo procesal y conforme los motivos
- Por los argumentos señalados, además de establecerse el incumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
