Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2014, cursantes de fs
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 545/2014-RA Sucre, 14 de octubre de 2014
Expediente : Tarija 40/2014
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Carlos Raúl Gonzales Silva
Delitos : Robo y Lesiones Leves
____________________________________________________________________________
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2014, cursantes de fs. 147 a 149, Jorge Ruiz Luna, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 42/2014 de 13 de agosto, de fs.141 a 142 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de Robo y Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 331 a 271 del Código Penal (CP)
AUTO SUPREMO Nº 545/2014-RA Sucre, 14 de octubre de 2014
Expediente : Tarija 40/2014
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Carlos Raúl Gonzales Silva
Delitos : Robo y Lesiones Leves
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RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2014, cursantes de fs. 147 a 149, Jorge Ruiz Luna, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 42/2014 de 13 de agosto, de fs.141 a 142 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de Robo y Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 331 a 271 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el acusado, (fs
- c)Notificado el recurrente con la citada Resolución el 28 de agosto 2014 (fs
- Del argumento expuesto en el recurso de casación, se establece lo siguiente
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- efectivamente se produjo el agravio denunciado
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- De acuerdo a lo dispuesto por el art
- Con relación al único agravio denunciado por el recurrente, traducido en la ausencia de pronunciamiento
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
