b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado, conforme se evidencia del
b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado, conforme se evidencia del memorial de fs. 271 a 272 vta., subsana por escrito de fs. 297 a 298 vta.; y por el acusador particular (fs. 281 a 282 vta.), mereciendo el pronunciamiento del Auto de Vista 33/2014 de 10 de junio, que lo rechazó y confirmó la Sentencia (fs. 302 a 303 “A” vta.)
- Por memorial presentado el 25 de agosto de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado, conforme se evidencia del
- c)Notificado Ramiro Huanca Quispe con el aludido Auto de Vista, el 20 de agosto de
- De los argumentos expuestos por el recurrente, se extrae el siguiente motivo
- Por último cita las sentencia constitucionales 1036/02-R de 29 de agosto de 2002 y 0101/04-R
- El art
- norma procesal y material será efectivamente aplicada por igual; labor reconocida por el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme dispone el art
- Ahora bien, es preciso recordar que a través del recurso de casación en materia penal,
- En ese marco, la denuncia del recurrente, traducida en la “total falta de motivación” de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
