Por memorial presentado el 25 de agosto de 2014, cursante de fs
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 598/2014-RA Sucre, 27 de octubre de 2014
Expediente: La Paz 132/2014
Parte acusadora: Arcenio Alegría Guzmán
Parte imputada: Nicolás Morales Quispe y otros
Delitos: Despojo y otro
__________________________________________________________________________________________
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de agosto de 2014, cursante de fs. 460 a 463, Nicolás Morales Quispe, Jacinto Quispe Condori, Florencio Mamani Castro, Sebastiana Cornejo Vda. de Morales, Carmela Condori Quispe y Mariana Florentina Quispe Intaura, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 40/2014 de 6 de junio, cursante de fs. 442 a 443 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Arcenio Alegría Guzmán contra los recurrentes, por los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP) respectivamente
AUTO SUPREMO Nº 598/2014-RA Sucre, 27 de octubre de 2014
Expediente: La Paz 132/2014
Parte acusadora: Arcenio Alegría Guzmán
Parte imputada: Nicolás Morales Quispe y otros
Delitos: Despojo y otro
__________________________________________________________________________________________
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de agosto de 2014, cursante de fs. 460 a 463, Nicolás Morales Quispe, Jacinto Quispe Condori, Florencio Mamani Castro, Sebastiana Cornejo Vda. de Morales, Carmela Condori Quispe y Mariana Florentina Quispe Intaura, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 40/2014 de 6 de junio, cursante de fs. 442 a 443 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Arcenio Alegría Guzmán contra los recurrentes, por los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP) respectivamente
- Por memorial presentado el 25 de agosto de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 21 de agosto de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- derecho objetivo, establecer la existencia o no de contradicción entre el fallo impugnado con los
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo cinco
- Con relación a los demás requisitos, de la revisión del recurso, se establece que los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
