Auto Supremo AS/0183/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183/2014

Fecha: 10-Nov-2014

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 183/2014
FECHA: Sucre, 10 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE Nº: 979/2014
PROCESO: Conflicto de competencia.
PARTES: Sala Penal Primera contra Sala Primera en materia Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
VISTOS EN SALA PLENA: El conflicto de competencias suscitado entre la; los antecedentes de la causa y el informe del Magistrado Tramitador Rómulo Calle Mamani.
CONSIDERANDO I: Que por Auto de 24 de septiembre de 2014, el Juzgado de Partido Primero Mixto en Materia Civil, Penal, Familiar, de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social de Monteagudo del Departamento de Chuquisaca, remite obrados al Tribunal Departamental de Justicia en grado de apelación, interpuesta por Ciprian García Rodas representando a su hija menor, contra el Auto Interlocutorio de 10 de septiembre de 2014, por la presunta comisión del delito de Infanticidio.
Una vez conocida por la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia, por Auto de I de octubre de 2014, con el argumento de que debe aplicarse el sistema penal y previa remisión es radicada ante la Sala Penal Primera, quienes por Auto N° 375/2014 de 6 de octubre (fs. 106) promueven conflicto de competencia con la Sala Penal Primera y Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca.
CONSIDERANDO II: Que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, conforme previene el art. 38 núm. 1 de la Ley N° 025 (Ley del Órgano Judicial), tiene atribución “Dirimir conflicto de competencias suscitados entre los Tribunales Departamentales de Justicia y de Juezas o Jueces de distinta circunscripción departamental”.
De la revisión de los antecedentes remitidos, se evidencia que se trata de un conflicto de competencia suscitado entre dos Salas de un mismo Tribunal Departamental de Justicia, cuyo objeto es dirimir respecto a cuál de ellas corresponde conocer y resolver el recurso de apelación planteado contra el Auto de 10 de septiembre de 2014, pronunciada por el Juzgado de Partido Primero Mixto en Materia Civil, Penal, Familiar de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social de Monteagudo, en el proceso de infanticidio que sigue el Ministerio Público contra Rocío García Santos.
En consecuencia, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia no tiene competencia para conocer y resolver el presente caso de conflicto de competencia, por tratarse de una misma circunscripción, correspondiendo dirimir a la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, conforme señala el art. 50 núm. 2) de la Ley N° 025 (Ley del Órgano Judicial) que indica “Dirimir conflictos de competencia entre juegas o jueces del departamento”.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ordena la REMISIÓN DE ANTECEDENTES a Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, a efectos de dirima el conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal Primera y la Sala Primera en materia Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca, de acuerdo a normativa en actual vigencia; sea con nota de atención.
No interviene el Magistrado Pastor Segundo Mamani Villca por encontrarse en comisión de viaje oficial.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO
Fdo. Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Fdo. Norka Natalia Mercado Guzmán
MAGISTRADA
Fdo. Maritza Suntura Juaniquina
MAGISTRADA
Fdo. Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO

Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano
Secretaria de Sala
Sala Plena
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