Auto Supremo AS/0645/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0645/2014

Fecha: 06-Nov-2014

Regístrese, comuníquese y devuélvase

Por lo manifestado, corresponde fallar en la forma prevista en los arts. 271 núm. 2) y 273 ambos del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 parágrafo I. núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 núm. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo interpuesto por Gustavo Caller Montero, contra el Auto de Vista Nº 51 de 8 de julio de 2014, cursante de fs. 196 a 198 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Social, Familiar, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando. Sin costas por no existir respuesta al recurso de casación.
Regístrese, comuníquese y devuélvase