Auto Supremo AS/0671/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0671/2014

Fecha: 26-Nov-2014

Como único agravio planteado, aduce que el Tribunal de alzada, no consideró los argumentos esgrimidos


Como único agravio planteado, aduce que el Tribunal de alzada, no consideró los argumentos esgrimidos en su recurso de apelación restringida, limitándose a afirmar que la valoración efectuada por la Juez de Sentencia fue integral y que no se demostró su posesión ni derecho propietario, a pesar de las contradicciones que se demostraron en las atestaciones de los testigos de descargo. Al respecto, conforme dispone el segundo párrafo del art. 416 del CPP, los precedentes contradictorios deben ser invocados a tiempo de interponer el recurso de apelación restringida, lo que no ocurrió en el caso concreto, debido a que el Auto Supremo 399/2012 fue invocado sólo en el recurso de casación, no obstante de cuestionarse la actividad probatoria del Juez de mérito, impidiendo que este Tribunal pueda efectuar la labor de contraste doctrinal