De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 671/2014-RA
Sucre, 26 de noviembre de 2014
Expediente: Tarija 56/2014
Parte acusadora: Henry René Hoyos Ponce
Parte imputada: Roye Lizondo Cazón
Delito : Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de octubre de 2014, cursantes de fs. 401 a 403, Henry René Hoyos Ponce, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 101/2014 de 30 de septiembre (fs. 397 a 398 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal que sigue contra Roye Lizondo Cazón, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Desarrollada la audiencia de juicio oral y concluida la misma, la Jueza Segunda de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció la Sentencia 02/2012 de 5 de marzo (fs. 374 a 378 vta.), declarando a Roye Lizondo Cazón, absuelto de culpa y pena por el delito de Despojo tipificado y sancionado por el art. 351 del CP
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 671/2014-RA
Sucre, 26 de noviembre de 2014
Expediente: Tarija 56/2014
Parte acusadora: Henry René Hoyos Ponce
Parte imputada: Roye Lizondo Cazón
Delito : Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de octubre de 2014, cursantes de fs. 401 a 403, Henry René Hoyos Ponce, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 101/2014 de 30 de septiembre (fs. 397 a 398 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal que sigue contra Roye Lizondo Cazón, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Desarrollada la audiencia de juicio oral y concluida la misma, la Jueza Segunda de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció la Sentencia 02/2012 de 5 de marzo (fs. 374 a 378 vta.), declarando a Roye Lizondo Cazón, absuelto de culpa y pena por el delito de Despojo tipificado y sancionado por el art. 351 del CP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la citada Sentencia, Henry René Hoyos Ponce planteó recurso de apelación restringida (fs
- c)Con la referida determinación, fue notificado el acusador el 15 de octubre de 2014, habiendo
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Continúa afirmando que no se refirió a los testigos de descargos, Emma Castrillo Añazgo de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De acuerdo a lo dispuesto por el art
- Como único agravio planteado, aduce que el Tribunal de alzada, no consideró los argumentos esgrimidos
- Es preciso aclarar que al tenor de la disposición contenida en el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
