Con relación al requisito de fondo, el recurrente con el título de revalorización de prueba
Con relación al requisito de fondo, el recurrente con el título de revalorización de prueba por el Tribunal de alzada, refiere que el Auto de Vista impugnado, realizó una nueva valoración de los elementos de prueba, trasgrediendo las reglas del entendimiento humano, en flagrante vulneración a las reglas de logicidad, en contradicción con lo establecido en el Auto Supremo 210/2007 de 28 de marzo, el que no contiene doctrina legal aplicable por cuanto el recurso de casación analizado entonces fue declarado infundado. Por otro lado, cita los Autos Supremos 249/2012, 436/2005, 25/2010 y 53/2012, omitiendo consignar la fecha de su omisión y la explicación respecto a los supuestos de hechos análogos que contendría la doctrina legal sentada en los mismos con el Auto de Vista recurrido, refiriendo de manera genérica que establecen que el Tribunal de alzada no tiene facultades de revalorización de prueba, aspecto que no habría observado la Sala Penal Segunda a tiempo de resolver la apelación restringida; empero, sin explicar mínimamente sobre qué prueba habría extralimitado sus facultades, falencias que impiden que este Máximo Tribunal de Justicia, puede efectuar la labor de contraste jurisprudencial, al ser evidente el incumplimiento del segundo párrafo del art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público presentó recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 16 de octubre de 2014
- Del memorial que cursa de fs. 120 a 122 vta., se extrae el siguiente motivo
- El art
- principio de igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- En el caso de autos, se constató que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación al requisito de fondo, el recurrente con el título de revalorización de prueba
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
