Auto Supremo AS/0694/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0694/2014

Fecha: 01-Nov-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a la acusación pública (fs. 4 a 7) y desarrollada la audiencia de juicio, por Sentencia 06/2012 de 20 de abril (fs. 91 a 96), el Tribunal Primero de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; declaró al imputado culpable de la comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 47 párrafo segundo de la Ley 1008, condenándole a la pena privativa de libertad de dos años de reclusión a cumplir en la Cárcel pública de Yacuiba; asimismo, se le impone la sanción de doscientos días multa a razón de un boliviano por día, haciendo un total de Bs. 200.- (doscientos bolivianos); más costas en favor del Estado, al no exceder la pena de dos años de privación de libertad se le concede el beneficio del perdón judicial