CONSIDERANDO II: Que, del análisis y revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa,
CONSIDERANDO II: Que, del análisis y revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se hace constar que el mismo procede cuando los tribunales de instancia niegan indebidamente la concesión del recurso, siempre que se justifique una de las causales previstas en el art. 283 del Cód. Pdto. Civil; de donde se concluye lo siguiente:
Que, del legajo adjunto se evidencia que, en ejecución de sentencia dentro el citado proceso laboral, el Juez Sexto del Trabajo y Seguridad Social, pronunció la resolución Nº 39/2014 de 17 de abril, por el que aprobó la planilla de actualización de beneficios sociales, el mismo que apelado mereció el Auto de Vista Res. A.I. Nº 094/2014 SSA-II de 19 de septiembre, cursante a fs. 6, emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de La Paz, anulando el auto de concesión del recurso de apelación por su planteamiento extemporáneo, declaran ejecutoriada la resolución Nº 39/2014; posteriormente a solicitud de la empresa demandada por Auto Nº 263/2014 SSA-II de 20 de octubre (fs. 10), se declaró no ha lugar a la explicación y complementación
Que, del legajo adjunto se evidencia que, en ejecución de sentencia dentro el citado proceso laboral, el Juez Sexto del Trabajo y Seguridad Social, pronunció la resolución Nº 39/2014 de 17 de abril, por el que aprobó la planilla de actualización de beneficios sociales, el mismo que apelado mereció el Auto de Vista Res. A.I. Nº 094/2014 SSA-II de 19 de septiembre, cursante a fs. 6, emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de La Paz, anulando el auto de concesión del recurso de apelación por su planteamiento extemporáneo, declaran ejecutoriada la resolución Nº 39/2014; posteriormente a solicitud de la empresa demandada por Auto Nº 263/2014 SSA-II de 20 de octubre (fs. 10), se declaró no ha lugar a la explicación y complementación
- Auto Supremo Nº 11/2014-Compulsas
- Sucre, 19 de diciembre de 2014
- Expediente: SSA.II-LP.547/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que, mediante memorial de fs
- Que interpuesto recurso de apelación, por Auto de Vista Nº 94/2014 SSA-II de 19 de
- Con estos argumentos, en previsión del art
- CONSIDERANDO II: Que, del análisis y revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa,
- Contra estos fallos fue interpuesto recurso de casación por la nombrada empresa, que si bien
- Que, en el caso de autos, si bien por mandato del art
- Por consiguiente, es imperioso resolver la compulsa, dentro los lineamientos ya expresados en aras de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, declara ILEGAL
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
