Que, ante
Que, ante esta Sentencia, Udelmar Lora Nuñez de fs. 69 a 65 vta., interpuso Recurso de Apelación Restringida mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 30 de junio de 2009 (fs. 77 a 80), la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó Auto de Vista, declarando Admisible e Improcedente el Recurso de Apelación Restringida interpuesto
- Con base
- 2
- Que, ante
- Notificadas
- De la solicitud
- Se define
- De
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
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- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Además el mismo no
- Por tanto el recurso
- El recurso de
- Si su pretensión fue
- Por
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
