Citada la demandada,a tiempo de responder la acción,indica que es evidente que se encuentran separados
Citada la demandada,a tiempo de responder la acción,indica que es evidente que se encuentran separados por más de 3 años y 4 meses, pero que esta separación es por culpa de su cónyuge debido a su infidelidad,reconviniendo por la causal 131 del Código de Familia. Respecto a los bienes inmuebles declara que son dos, pero que uno de ellos es de su exclusiva propiedad correspondiendo a la comunidad de gananciales solo respecto a las mejoras realizadas en el mismo, que el dinero del anticrético benefició solo al demandante, que en la vigencia de su matrimonio adquirieron 5 movilidades, un kiosco y otros bienes. Así mismo solicita se fije una asistencia familiar a su favor por no ser la culpable del divorcio
- Partes :
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Citada la demandada,a tiempo de responder la acción,indica que es evidente que se encuentran separados
- Tramitado el proceso el Juez de Partido Cuarto de Familia de Cochabamba en fecha 06
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Respecto al único punto identificado en el recurso interpuesto, referido al hecho de que el
- Por lo señalado precedentemente, corresponde a este Máximo Tribunal resolver en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Primero
