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CONSIDERANDO: que, la empresa demandada DOMIBOL Ltda. representada por Kurth Manfred Jurgensen Flores, en su recurso de casación en el fondo de 24 de septiembre de 2008 (fojas 149 y vuelta), citando el artículo 253 numeral 3) del Código de Procedimiento Civil, acusa que con la póliza de importación de fojas 62 y la factura de DAPIBOL S.A. de fojas 63, demostró que no existe obligación pendiente
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- Libro Tomas de Razón Nº 123/2014
