Considerando lo anteriormente expuesto, corresponde su admisión vía flexibilización para su consideración y análisis
Considerando lo anteriormente expuesto, corresponde su admisión vía flexibilización para su consideración y análisis
- Por memorial presentado el 10 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, tanto el Ministerio Público (fs
- c) Notificados, los recurrentes, con el referido Auto de Vista, el 6 de marzo de
- De la revisión del recurso de casación que cursa de fs
- Invocan como precedentes contradictorios, el Auto Supremo 117/2006 de 20 de abril, que a decir
- 3) Finalmente, señalan que con su Resolución el Tribunal de alzada, ha colocado a los
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme lo señalado, el recurso de casación, condiciona su admisión al cumplimiento de los requisitos
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo previsto
- Respecto al primer motivo, denuncian que el Auto de Vista impugnado, incurre en violación de
- Ahora bien, es cierto que este Tribunal ha establecido, presupuestos de flexibilización de los requisitos
- En el segundo motivo, denuncian falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado y acusan
- En cuanto al tercer motivo, en el que acusan una contradicción entre la parte considerativa
- Sin embargo, tomando en cuenta la naturaleza de estos motivos del recurso de casación (2
- Considerando lo anteriormente expuesto, corresponde su admisión vía flexibilización para su consideración y análisis
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
