CONSIDERANDO: Que, en el Capítulo I del Título VI del Libro Primero del Código de
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 180
Sucre: 16 de Mayo de 2014
Expediente: SC-19-2010-S
Proceso: Cumplimiento de Contrato
Partes: Yolanda Poehlman Vda. De Duran c/ Circuito de Oficiales de Infanteria
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El memorial de fojas 839 formulando desistimiento de la acción iniciada, presentado por Yolanda Poehlmann Viuda de Duran, en el proceso sobre Cumplimiento de Contrato, Pago de Daños, Perjuicios y Lucro Cesante, seguido por Yolanda Poehlmann Viuda de Duran c/ Círculo de Oficiales de Infantería (COI), los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO: Que, en el Capítulo I del Título VI del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil, se encuentran previstas las formas de Conclusión Extraordinaria del Proceso, entre ellas el desistimiento en sus cuatro formas, a saber: el retiro de la demanda (artículo 303), el desistimiento del proceso (artículo 304), el desistimiento del derecho (artículo 305) y el desistimiento de los recursos de apelación y de casación (artículo 307)
Auto Supremo: Nº 180
Sucre: 16 de Mayo de 2014
Expediente: SC-19-2010-S
Proceso: Cumplimiento de Contrato
Partes: Yolanda Poehlman Vda. De Duran c/ Circuito de Oficiales de Infanteria
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El memorial de fojas 839 formulando desistimiento de la acción iniciada, presentado por Yolanda Poehlmann Viuda de Duran, en el proceso sobre Cumplimiento de Contrato, Pago de Daños, Perjuicios y Lucro Cesante, seguido por Yolanda Poehlmann Viuda de Duran c/ Círculo de Oficiales de Infantería (COI), los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO: Que, en el Capítulo I del Título VI del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil, se encuentran previstas las formas de Conclusión Extraordinaria del Proceso, entre ellas el desistimiento en sus cuatro formas, a saber: el retiro de la demanda (artículo 303), el desistimiento del proceso (artículo 304), el desistimiento del derecho (artículo 305) y el desistimiento de los recursos de apelación y de casación (artículo 307)
- CONSIDERANDO: Que, en el Capítulo I del Título VI del Libro Primero del Código de
- Que, en el memorial referido, la actora señala que “Al tenor del artículo 304 del
- En la especie, por una parte mediante memorial de fojas 839, Yolanda Poehlmann Viuda de
- Ante la formulación y aceptación mutua del desistimiento y en virtud al artículo 304 del
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Al otrosí 1ro.- A lo principal
- Al otrosí 1ro.- Por adjuntados Testimonio Nº 587/2011 y Testimonio Nº 131/2014
- Al otrosí 2do.- Por señalado
- Libro Tomas de Razón Nº 180/2014
