Por memorial presentado el 28 de marzo de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 232/2014-RA
Sucre, 10 de junio de 2014
Expediente: La Paz 50/2014
Parte acusadora: Miguel Herrera
Parte imputada: Rafael Rodrigo Barrientos Torrico y otro
Delitos: Daño Simple y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de marzo de 2014, cursante de fs. 150 a 151, Rafael Rodrigo Barrientos Torrico, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12/2014 de 14 de febrero, de fs. 139 a 142, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Miguel Herrera contra el recurrente y Harol Barrientos Torrico, por los delitos de Daño Simple y Peligro de Estrago, previstos y sancionados por los arts. 357 y 208 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 232/2014-RA
Sucre, 10 de junio de 2014
Expediente: La Paz 50/2014
Parte acusadora: Miguel Herrera
Parte imputada: Rafael Rodrigo Barrientos Torrico y otro
Delitos: Daño Simple y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de marzo de 2014, cursante de fs. 150 a 151, Rafael Rodrigo Barrientos Torrico, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12/2014 de 14 de febrero, de fs. 139 a 142, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Miguel Herrera contra el recurrente y Harol Barrientos Torrico, por los delitos de Daño Simple y Peligro de Estrago, previstos y sancionados por los arts. 357 y 208 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 28 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificado el recurrente el 27 de febrero de 2014, conforme la diligencia cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como único motivo del mismo, el
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Conforme se tiene señalado, el recurso de casación, condiciona su admisión al cumplimiento de los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
