En ese entendido debemos señalar que, de acuerdo al art
En ese entendido debemos señalar que, de acuerdo al art. 417 del CPP, el recurso de casación debe interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado, plazo que, conforme al art. 130 del mismo Código, comienza a correr al día siguiente de practicada la notificación y vence a las veinticuatro horas del último día hábil, siendo días hábiles de la semana, de lunes a viernes, en virtud del art. 123 de la LOJ. Ahora bien, de antecedentes se tiene que, el Ministerio Público fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 26 de marzo de 2013, tal cual se evidencia de la diligencia cursante a fs. 557 de obrados, presentando su recurso de casación el 4 de abril del mismo año, conforme consta del cargo de recepción de fs. 568; es decir, al sexto día de haber sido notificado con la Resolución impugnada, excluyendo del referido cómputo, los días sábado 30 y domingo 31, así como el día viernes 29 de marzo (Viernes Santo), al ser declarado feriado nacional
- Por memorial presentado el 4 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el Ministerio Público con el referido Auto de Vista, el 26 de
- Previa referencia de la admisión excepcional del recurso de casación por la supuesta inexistencia de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- El Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento de la primera parte del art
- En ese entendido debemos señalar que, de acuerdo al art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
