Por memorial presentado el 24 de junio de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 324/2014-RA
Sucre, 16 de julio de 2014
Expediente: Tarija 24/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Jorge Cuellar Arenas y otro
Delitos: Uso indebido de influencias y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de junio de 2014, cursante de fs. 631 a 637, Jorge Cuellar Arenas y Jhilmar Cáceres interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 20/2014 de 3 de junio de fs. 607 a 610 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Eugenia Esperanza Sivila Arenas, contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Uso Indebido de Influencias y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 146 y 199 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 324/2014-RA
Sucre, 16 de julio de 2014
Expediente: Tarija 24/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Jorge Cuellar Arenas y otro
Delitos: Uso indebido de influencias y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de junio de 2014, cursante de fs. 631 a 637, Jorge Cuellar Arenas y Jhilmar Cáceres interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 20/2014 de 3 de junio de fs. 607 a 610 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Eugenia Esperanza Sivila Arenas, contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Uso Indebido de Influencias y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 146 y 199 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 24 de junio de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los recurrentes con el mencionado Auto de Vista el 16 de junio de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, por Secretaría de Sala hágase conocer a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
