Así, extractado el presunto agravio consistente en que, el Auto de Vista no cumplió con
Así, extractado el presunto agravio consistente en que, el Auto de Vista no cumplió con lo establecido en la doctrina legal sentada en este proceso mediante Auto Supremo 271/2013-RRC de 17 de octubre; pues nuevamente no se hubiere otorgado respuesta a la denuncia de su apelación restringida de errónea aplicación de la norma sustantiva, en relación al delito de Tentativa de Homicidio; al respecto, este Tribunal considera que el recurrente cumplió con precisar el agravio que presuntamente le causó el Auto de Vista impugnado, citando además el precedente y fundamentando la posible contradicción en que, en su criterio, incurrió el Tribunal de alzada al no haber dado respuesta al referido punto de su apelación restringida; en consecuencia, habiendo el recurrente cumplido con los requisitos de admisibilidad previstos por ley, corresponde ingresar a verificar en el fondo la veracidad de la denuncia
- Por memorial presentado el 28 de abril de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) En cumplimiento del referido Auto Supremo, el Tribunal de apelación emitió el Auto de
- d) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 21 de abril de
- Del memorial que cursa de fs. 288 a 289 vta., se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Así, extractado el presunto agravio consistente en que, el Auto de Vista no cumplió con
- En relación a los Autos Supremos 272/2013-RRC de 17 de octubre y 280/04, también invocados
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
