Por memorial presentado el 28 de abril de 2014, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 328/2014-RA
Sucre, 16 de julio de 2014
Expediente: Santa Cruz 38/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otros
Parte imputada: Rodolfo Salinas Suárez
Delitos: Tentativa de Homicidio y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de abril de 2014, que cursa de fs. 288 a 289 vta., Rodolfo Salinas Suárez interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12 de 16 de enero de 2014, de fs. 279 a 285, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Tentativa de Homicidio y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 251, con relación al art. 8, y 332 inc. 1), todos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 328/2014-RA
Sucre, 16 de julio de 2014
Expediente: Santa Cruz 38/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otros
Parte imputada: Rodolfo Salinas Suárez
Delitos: Tentativa de Homicidio y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de abril de 2014, que cursa de fs. 288 a 289 vta., Rodolfo Salinas Suárez interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12 de 16 de enero de 2014, de fs. 279 a 285, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Tentativa de Homicidio y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 251, con relación al art. 8, y 332 inc. 1), todos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 28 de abril de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) En cumplimiento del referido Auto Supremo, el Tribunal de apelación emitió el Auto de
- d) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 21 de abril de
- Del memorial que cursa de fs. 288 a 289 vta., se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Así, extractado el presunto agravio consistente en que, el Auto de Vista no cumplió con
- En relación a los Autos Supremos 272/2013-RRC de 17 de octubre y 280/04, también invocados
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
