Auto Supremo AS/0384/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0384/2014

Fecha: 15-Ago-2014

El art


Prosigue la reproducción de su recurso de alzada señalando que, en los actos de juicio oral, la víctima se contradijo en las pruebas presentadas por la fiscal y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, existiendo incongruencia en la hora de los hechos, color del vehículo y el identikit; además, los testigos que declararon no presenciaron el hecho; concluyendo que, al no existir pruebas convincentes ni indicios sobre de la acusación del Ministerio Público en su contra, se infringió los arts. 124, 173, 363 inc. 2 y 3 y art. 370 inc. 1) del CPP, debiendo haberse dictado sentencia absolutoria en su favor.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP