DEMANDANTE: Nemesia Ponce Godoy y Lucrecia Ponce Godoy
DEMANDANTE: Nemesia Ponce Godoy y Lucrecia Ponce Godoy. De la Sentencia Nº 43/2008 de 13/10/2008, dictada por el Tribunal de Sentencia 2º de la ciudad de Cochabamba, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas
- PROCESO: Revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada
- DEMANDANTE: Nemesia Ponce Godoy y Lucrecia Ponce Godoy
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, interpuesto por Nemesia
- CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, el memorial de recurso fue observado por decreto
- Con dicha providencia fueron notificadas el 22 de agosto de 2014 (fs
- Que el artículo 423 del Código de Procedimiento Penal, señala cuales son los requisitos de
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Sala Plena
