De la contrastación con el Auto de Vista
De la contrastación con el Auto de Vista.- Se tiene que de acuerdo a lo previsto por el art. 417 del Código de Procedimiento Penal, en el Recurso de Casación se deberá señalar la contradicción en términos precisos en los que hubiese incurrido el Tribunal de alzada al momento de emitir el Auto de Vista recurrido con relación a los precedentes contradictorios invocados bajo alternativa de determinar la inadmisibilidad del recurso formulado, sin embargo como ya se señaló al haber el recurrente omitido la invocación de precedentes contradictorios consecuentemente también incumplió con la precisión de las presuntas contradicciones en las que hubiese incurrido el Tribunal de Alzada a momento de la emisión del Auto de Vista recurrido, por lo que, al no ser posible determinar cuáles las contradicciones que se pretende se revea imposibilita a este Tribunal conocer el fondo del recurso
- Delito
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia el representante del Ministerio Público de fojas 231 a 232 vuelta,
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Que el Auto de Vista fue dictado fuera de los plazos establecidos por el art
- sin embargo este requisito es flexibilizado cuando el recurrente no planteó Recurso de Apelación Restringida
- Petitorio
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados
- Plazo: Verificadas las actas de diligencia de notificación y presentación de ambos recursos se establece,
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- De la invocación de los precedentes contradictorios
- De la contrastación con el Auto de Vista
- Finalmente de la verificación de antecedentes que hacen al legajo procesal y conforme los motivos
- Por los argumentos señalados, además de establecerse el incumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
