Auto Supremo AS/0008/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0008/2015

Fecha: 30-Ene-2015

i) Refiere que el Auto de Vista recurrido al confirmar la Sentencia ha vulnerado disposiciones

i) Refiere que el Auto de Vista recurrido al confirmar la Sentencia ha vulnerado disposiciones adjetivas y sustantivas, porque no se apreciaron las pruebas cursantes en obrados tal es el caso de la documental de fs. 31 a 45 consistente en un informe de auditoría que establece saldos negativos en la rendición de gastos ocasionando menos ingreso a la Empresa, y que estos se hicieron con recibos simples y sin el logo de la empresa, además que los comprobantes contables en su mayoría no estaban debidamente firmados por la Gerencia Administrativa, lo que evidencia que los demandantes incumplieron deberes lo que dio lugar a una gestión negativa. Documentos que por su originalidad cumplen los votos del art. 159 del CPT, y que no fue valorado por los Tribunales de instancia. Señala que las declaraciones testificales de descargo de fs. 95 a 96 deberían ser invalidadas porque se trata de una audiencia suspendida, además que las declaraciones contenidas en las mismas no son uniformes ni contestes, porque no conocen a los empleadores y uno de ellos manifestó que hubo una suspensión consecuentemente, una declaración no hace prueba conforme previene el art. 169 del CPT