Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2009 cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 013/2015-RA-L
Sucre, 29 de enero de 2015
Expediente: Chuquisaca 68/2009
Parte acusadora: Elizabeth Martínez Ramírez
Parte imputada: Claudia Sánchez Gonzáles
Delito: Injuria
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2009 cursante de fs. 180 a 182, Claudia Sánchez Gonzáles, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 354/09 de 18 de noviembre de 2009 de fs. 177 a 178, pronunciado por la Sala Penal de la entonces Corte Superior de Justicia de Chuquisaca ahora Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por Elizabeth Martínez Ramírez contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 013/2015-RA-L
Sucre, 29 de enero de 2015
Expediente: Chuquisaca 68/2009
Parte acusadora: Elizabeth Martínez Ramírez
Parte imputada: Claudia Sánchez Gonzáles
Delito: Injuria
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2009 cursante de fs. 180 a 182, Claudia Sánchez Gonzáles, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 354/09 de 18 de noviembre de 2009 de fs. 177 a 178, pronunciado por la Sala Penal de la entonces Corte Superior de Justicia de Chuquisaca ahora Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por Elizabeth Martínez Ramírez contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2009 cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 26 de noviembre de 2009, la
- Finalmente respecto de la invocación de Sentencias Constitucionales corresponde señalar, que por mandato legal (art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
