Auto Supremo AS/0014/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0014/2015-RA-L

Fecha: 29-Ene-2015

Con relación al sexto agravio referido a la incongruencia del fallo, dado que en la


Con relación al sexto agravio referido a la incongruencia del fallo, dado que en la parte considerativa se indica que el hecho no constituye delito; sin embargo, en la resolutiva expresa que la prueba no ha sido suficiente para generar convicción en la recurrente. Extremo que considera contradictorio, puesto que, a su decir, “una cosa es que el hecho no sea delito y otra cosa es que el hecho sí haya sido delito pero solo que falta prueba” (sic), la recurrente omitió invocar doctrina legal aplicable y por ende explicar cuál la contradicción existente entre el Auto de Vista recurrido con los precedentes pertinentes, inobservando el deber establecido en los arts. 416 y 417 del CPP, por lo que el motivo es inadmisible